lunes, 31 de agosto de 2015

LA BANCA Y EL SISTEMA FINANCIERO EN EL SALVADOR

Para empezar con este tema veamos un vídeo introductorio acerca de la estructura del sistema financiero:



Para poder desarrollar este tema es importante saber ¿QUÉ ES UN BANCO? y para poder dar respuesta a esta pregunta debemos leer un poco la Ley de Bancos, especialmente el artículo 2 que nos menciona que un banco es aquella institución que actúa de manera habitual en el mercado financiero, haciendo llamamiento al público para obtener fondos a través de depósitos, la emisión y colocación de títulos valores o cualquier otra operación pasiva, quedando obligados directamente a cubrir el principal, interés y otros accesorios, para su colocación en el público en operaciones activas.

Pero además de los bancos también existen otras instituciones financieras como:
  • Las cooperativas de ahorro y crédito
  • Las federaciones de cooperativas de ahorro y crédito 
  • Sociedades de ahorro y crédito




INTEGRACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO EN EL SALVADOR


Las instituciones bancarias en el país están integradas por los bancos privados, los bancos estatales y los bancos extranjeros.

Cuando hablamos de bancos privados nos referimos a instituciones bancarias que actúan de manera habitual en el mercado financiero haciendo llamamiento al público para obtener fondos a través de depósitos, emisión y cancelación de títulos valores o cualquier otra operación pasiva, quedando obligados directamente a cubrir intereses y otras acciones para su colocación en el público en operaciones activas.

En el siguiente enlace podrás ver el listado de bancos privados en El Salvador:














Un banco estatal es aquel cuyo capital ha sido aportado por el Estado. Los bancos estatales en El Salvador los podrás ver en el siguiente enlace: BANCOS ESTATALES EN EL SALVADOR


Por último tenemos las sucursales de bancos extranjeros que son aquellas instituciones financieras autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero la cual tienen asignado su capital social y lleva su propia contabilidad separada de la Casa Matriz. En El Salvador el único BANCO EXTRANJERO es Citibank, N.A., Sucursal El Salvador.



lunes, 24 de agosto de 2015

LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG'S)


A partir de la Segunda Guerra Mundial, dentro de los países del llamado "Tercer Mundo", se constituye un fenómeno que abre paso a la reestructuración de la cultura y de la economía política global, logrando la instalación de una guerra contra la pobreza, como estrategia para el reacomodo de la globalización con dominación mundial a través de un proceso por el cual se produce la transformación de los pobres y posibilita el establecimiento de nuevos mecanismos de control por medio de una multiplicidad de acciones que significaron la creación de lo social como nuevo campo de intervención o podría entenderse como una nueva oportunidad de progreso.


A partir de lo anterior, nacen las ONG's conocidas como organizaciones sin fines de lucro, que en el ámbito del desarrollo y la cooperación, se han incrementado notablemente a nivel mundial.


Estas organizaciones no dependen del Estado y este no puede intervenir en su manera de trabajar, pero aún así deben cumplir ciertas leyes y reglamentos.




ORIGEN DE LAS ONG's EN EL SALVADOR


  • Surgen en los años de 1940 y 1955 al crearse los organismos especializados patrocinados por los Estados Unidos.


  • Rafael Antonio Zaldívar, presidente de la República de El Salvador, fundó la Cruz Roja Salvadoreña en Marzo de 1885.



  • 1948: Se crea la Institución "Amigos de la Tierra" con el objeto de ayudar a la protección del medio ambiente y la agricultura.


  • 1959: Nace "Cáritas en El Salvador"

  • 1980: La guerra civil propició el surgimiento de nuevas ONG's para atender las situaciones de emergencia de la población desplazada.

  • Muchas ONG's están siendo utilizadas para lavar dinero o se prestaban para campañas por lo que en 1960 se otorga un fuerte control a través del Ministerio de Gobernación para evitar estas situaciones.




En el siguiente enlace podrás leer más acerca de las características de las ONG's:

CARACTERÍSTICAS DE LAS ONG's

  • Son organismos privados
  • No buscan lucro institucional
  • Sus empleados son asalariados
  • Poseen neutralidad política, racial y religiosa

En este otro enlace se encuentra el proceso que debes seguir para poder constituir una ONG en El Salvador, en el se detallan las instituciones que debes visitar así como los documentos a presentar:PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE UNA ONG


Y para finalizar podrás leer todo acerca de las ONG's en El Salvador en el siguiente enlace: ONG's en El Salvador



viernes, 14 de agosto de 2015

LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

En la auditoría gubernamental se hace un examen objetivo, independiente, imparcial,  sistemático y profesional de las actividades financieras, administrativas y operativas ya ejecutadas por las entidades, organismos y personas,  que reciben asignaciones,  privilegios o participaciones ocasionales de recursos públicos. 

Las actividades financieras, administrativas y operativas como lo son ver planillas y verificar que el personal contratado labore, así como verificar cómo está funcionando la empresa son examinadas por La Corte de Cuentas; esta entidad así como el Organo Judicial ya tienen establecido el %  del presupuesto por mandato constitucional. 

¿Qué evalúa la auditoría gubernamental?


Según el artículo 30 de la Corte de Cuentas la Auditoría Gubernamental podrá examinar y evaluar en las entidades y organismos del sector público:
  • Las transacciones, registros y estados financieros.
  • La legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones (Ejemplo: Que se esté cumpliendo la LACAP, auditar las transacciones y ver si han sido transparentes o si existen y presentar su respectivo informe).
  • El control interno financiero (Si este es confiable o no)
  • La planificación, organización, ejecución y control interno administrativo.
  • La eficiencia, efectividad y economía en el uso de los recursos humanos, ambientales, materiales, financieros y tecnológicos. (Evaluar como se están utilizando los recursos y que los empleados se sientan bien, se pueden hacer encuestas para conocer en que se está fallando)
  • Los resultados de las operaciones y el cumplimiento de objetivos y metas (Esto depende del presupuesto)



Clases de Auditoría Gubernamental:
  • Auditoría Financiera: Es el examen de las transacciones, registros, informes y estados financieros; del cumplimiento de la legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones; y del control interno financiero; con el objeto de emitir una opinión sobre la razonabilidad de las cifras presentadas en los estados financieros.

  • Auditoría Operacional o de Gestión: Es el examen y evaluación de la gestión realizada por una entidad para determinar la eficiencia, el desempeño de los servidores públicos, respecto al cumplimiento de las metas programadas y el grado con que se están logrando los resultados o beneficios previstos. Como resultado de esta auditoría no se expresa opinión, solamente se elaboran conclusiones y recomendaciones orientadas a mejorar la gestión de la entidad auditada.

  • Auditoría Especial: Se denomina examen especial a la auditoría que puede comprender uno o más componentes de los estados financieros, con un alcance menor al requerido en una auditoría financiera, por lo que no es posible emitir una opinión sobre las cifras de los estados financieros; o abarcar uno o más elementos de la gestión, así como el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables. Asímismo se efectúan exámenes especiales para investigar denuncias de diversa índole. 
 
 
 
En el siguiente enlace podrás leer la LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL la cual tiene como objeto normar y promover el desempeño ético en la función pública, salvaguardar el patrimonio del Estado, prevenir, detectar y sancionar la corrupción de los servidores públicos, que utilicen los cargos o empleos para enriquecerse ilícitamente o cometer otros actos de corrupción. 
Esta ley aplica para todos los servidores públicos permanentes como para los que han sido contratados temporalmente.


INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

Las instituciones autónomas son organismos de derecho público que se forman a iniciativa del Estado, con personería jurídica y patrimonio propio, se les reconoce la facultad de conformar, expresar y realizar una voluntad del manejo e inversión de sus recursos, para la atención y satisfacción de una necesidad social específica, en beneficio de la sociedad.
A continuación se muestran algunas instituciones autónomas del país con su enlace para que puedas visitar su página web:
 
 


 
 
 
 
 
 
 
 
 

domingo, 19 de julio de 2015

RESPONSABILIDADES Y PROHIBICIONES DEL CONTADOR PÚBLICO

Responsabilidad: El concepto de responsabilidad está definido por la Real Academia Española así:

a) “Cualidad de responsable."

b) "Deuda, obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otra persona, a consecuencia de un delito, de una culpa o de otra causa legal.”

c) “Cargo u obligación moral que resulta para alguien del posible yerro en cosa o asunto determinado”

d) “Capacidad existente en todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de un hecho realizado libremente.”

En nuestro país existe una ley que dicta las responsabilidades y prohibiciones que todo contador debe seguir, a continuación podrás ver el enlace a dicha ley:


Nos centralizaremos en las responsabilidades de todo Contador Público:
  • Responsabilidad hacia la sociedad: Significa que ante la sociedad, el Contable debe ser una persona íntegra desde cualquier punto de vista, máxime cuando de su análisis se desprende la evaluación minuciosa de situaciones problémicas, que inciden en actuaciones decisionales por parte los actores empresariales que hacen del entorno contemporáneo, sociedades abiertas a las globalizaciones, a las tecnologías de punta, a la virtualidad permanente, donde las transacciones se hacen cada vez mas polémicas y difíciles de entender y cuya responsabilidad depende cada vez mas de la buena fé, de la fé pública, la cual es entendida como el buen proceder, al cual hay que dar absoluta credibilidad. Por eso es clave que los sistemas de información permitan denotar transparencia y a su vez, que los resultados sean los esperados, mas no los planteados de manera cuestionable que hagan de los resultados, aseveraciones falseadas y que coloquen en grave peligro, circunstancias proyectadas con grandes posibilidades de error y defraudación.

  • Responsabilidad hacia quien patrocina el servicio: La responsabilidad que el profesional dependiente adquiere ante su empleador esta limitada por el contrato de trabajo que firmaron ambas partes, en las que se indica las responsabilidades, atribuciones y diligencia que el profesional debe desarrollar. En la misma forma como actúa el profesional independiente, el profesional dependiente debe basarse en el código de ética profesional y legislación vigente para el desempeño de sus actividades, negándose a participar en actos deshonestos y que pretendan proporcionar información no adecuada a la realidad de la empresa a los usuarios de la información.

  • Responsabilidad ante la profesión: Un Contador Público deberá cuidar sus relaciones con colaboradores, colegas e instituciones que los agrupan y tratar de no dañar la dignidad de la profesión; y en el momento de compartir sus conocimientos debe mantener las más altas normas profesionales y de conducta para que se contribuya al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión.

Todo Contador Público tiene prohibiciones que van desde no obtener ventajas económicas al contratante de sus servicios hasta abstenerse de hacer comentarios que perjudiquen la reputación o prestigio de alumnos y colegas; pero es muy importante conocer las prohibiciones en materia contable, algunas de ellas son:


  • Emitir dictámenes, informes u opiniones sobre registros contables, estados financieros o sobre cualquier otro documento contable o legal, que no tenga respaldo en libros o documentos o que no sea acorde con la realidad.

  • Emitir dictámenes, informes u opiniones sobre actos, operaciones o registros que no hayan examinado o verificado directamente o por personal bajo su responsabilidad.

  • Efectuar actuaciones profesionales en las empresas donde él, su cónyuge o sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, sean administradores, gerentes, ejecutivos o presten a cualquier título servicios; o donde tengan algún interés particular, o pueda existir conflicto de interés en la misma.

  • Hacer uso de nombres diferentes a los que aparezcan en el Registro del Consejo. 

El Consejo será el encargado de aplicar las sanciones a los contadores públicos, ya sean personas naturales o jurídicas, que incumplan las disposiciones legales. Los tipos de sanciones son:

a) Amonestación Verbal, cuando por negligencia o descuido en el ejercicio de la profesión, por primera vez y sin causar daños a terceros se cometiere una infracción;

b) Amonestación Escrita, por reiteración de las infracciones a que se refiere el literal anterior;

c) Multa de uno a quince salarios mínimos urbanos superior vigente, en los casos de reiteración de las infracciones referidas en el literal anterior; por negligencia o descuido inexcusable en el ejercicio de la profesión causando daños a terceros; por faltas éticas en el ejercicio de la profesión sin que ocasionen daños a terceros.

d) Suspensión temporal hasta por cinco años en el ejercicio de la contaduría pública, por la reiteración continuada de las infracciones anteriores; por faltas de éticas en el ejercicio de la profesión causando daños a terceros; por habérsele suspendido o haber perdido los derechos de ciudadano.

Puedes encontrar mucha información útil en:


sábado, 18 de julio de 2015

NORMAS DE ÉTICA PROFESIONAL

"Un hombre sin ética es una bestia salvaje soltada a este mundo"




La profesión del contador público en El Salvador está regulada por diversas normas y leyes y por lo tanto, es constantemente vigilada por las instituciones que tienen a su cargo velar por su cumplimiento.

Dentro de la normativa se puede mencionar: El Código de Comercio, la Ley Reguladora de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría de El Salvador, El Código de Ética, las Leyes en materia Tributaria e inclusive leyes de carácter penal.

En esta ocasión nos enfocaremos en el Código de Ética del Contador Público.






Las personas debemos resolver rápidamente los dilemas éticos que se nos presentan en la vida.



Un dilema ético es una situación que enfrenta una persona, y en la cual debe tomar una decisión sobre la conducta adecuada o apropiada. Por lo general, los dilemas éticos comprenden situaciones en las que uno o más de uno se verá afectado al momento de tomar la decisión.





Los dilemas éticos a los cuales se enfrentan los auditores frecuentemente tienen un efecto sobre el bienestar económico de las personas. Así si un auditor toma una decisión sin tomar en cuenta la ética sobre el contenido de un informe o dictamen de auditoría, el patrimonio de inversionistas y acreedores puede verse afectado.


¿Qué es la ética?


La ética profesional es la rama de la filosofía que versa sobre las diferentes normas morales que regulan el comportamiento del profesional respecto de su profesión.



La ética consiste en desempeñar una profesión con honestidad y responsabilidad, sin obsesión especulativa o mercantilista y dispuesta a los sacrificios que imponga el servicio a los demás.


¿Por qué la gente actúa en forma no ética? 
Generalmente la gente actúa en forma no ética, debido a dos razones principales:




- porque los principios éticos de una persona difieren de los de la sociedad en general.

- porque la persona decide actuar con egoísmo.
¿Y cuáles son las disculpas más comunes para ello?

- porque todo el mundo lo hace,
- porque si es legal, entonces es ético,
- porque es improbable que se descubra, dado que no tendrá consecuencias importantes.


Los dilemas éticos que se presentan con mayor frecuencia dentro del ejercicio de la profesión de contador público como de la auditoría, están vinculados con los aspectos siguientes:



  • Competencia profesional
  • Responsabilidad individual y asociación de profesionales
  • Cuidado y diligencia profesional 
  • Control de calidad
  • Objetividad profesional 
  • Consultoría tributaria
  • Recursos del cliente
  • Confidencialidad
  • Honorarios y comisiones 
  • Publicidad y promoción
  • Solicitudes de clientes, etc.


Principios Éticos

Honestidad: Sé veraz, sincero, franco, honrado, imparcial; no digas mentiras, robes, engañes, o embauques a la gente ni seas tortuoso.


Integridad: Sé una persona de principios, honorable, recta, valerosa, y actúa de acuerdo a tus convicciones; no seas falso o sin escrúpulos, ni adoptes la filosofía del fin justifica los medios que ignora todo principio.

Cumplimiento: Sé digno de confianza, cumple tus promesas, tus compromisos, cumple con la esencia y la letra de un convenio; no interpretes los convenios en una forma irrazonablemente técnica y legalista para racionalizar el incumplimiento o crear excusas y justificaciones para romper un compromiso.

Lealtad (fidelidad): Sé fiel y leal a la familia, amigos, empleadores, clientes y a tu país; no utilices ni reveles información que obtuviste en forma confidencial; en un contexto profesional, cuida tu capacidad de hacer juicios profesionales independientes evitando con escrúpulo cualquier influencia indebida y los conflictos de interés.

Imparcialidad: Sé justo y razonable, dispuesto a admitir el error y, cuando sea adecuado, a cambiar de posición y creencias, demuestra un compromiso con la justicia, el trato igual a sus semejantes y tolerancia y aceptación de la diversidad; no estafes ni te aproveches indebidamente de los errores o adversidades de otros.

Ver por los demás: Sé atento, amable y compasivo; comparte, sé dadivoso, ayuda a los demás; ayuda a los necesitados y evita hacer daño a los demás.

Respeto a los demás: Demuestra respeto por la dignidad, la intimidad y el derecho a la autodeterminación de la gente; sé cortés, expedito y decente; da a los demás la información que necesitan para tomar decisiones informadas sobre sus propias vidas; no trates a los demás con aire condescendiente, no los avergüences ni los degrades.

Ciudadano responsable: Obedece las leyes; si una ley es injusta, protesta abiertamente; ejerce todos tus derechos y privilegios democráticos con responsabilidad participando (votando y expresando opiniones informadas), con conciencia social y servicio público; cuando estés en una posición de liderazgo o autoridad, respeta abiertamente y ennoblece los procesos democráticos de toma de decisiones, evita la reserva o el encubrimiento innecesario de información y asegúrate que los demás tengan la información que necesitan para hacer elecciones inteligentes y ejerzan sus derechos.

Búsqueda de la excelencia: Busca la excelencia en todo; en el cumplimiento de tus responsabilidades personales y profesionales; sé diligente, confiable, trabajador, y comprometido; realiza todas tus tareas lo mejor que puedas, crea y conserva un alto grado de competencia, infórmate y prepárate bien; no te conformes con la mediocridad; no "ganes a toda costa".

Responsabilidad: Sé responsable, acepta la responsabilidad de tus decisiones, de las consecuencias previsibles de tus acciones y omisiones y de poner el ejemplo a los demás. Los padres, maestros, empleadores, muchos profesionales y funcionarios públicos tienen obligación especial de enseñar con el ejemplo, de proteger y fomentar la integridad y reputación de sus familias, compañías, profesiones y del gobierno mismo; una persona sensible a la ética evita incluso la apariencia de deshonestidad, y emprende cualquier acción necesaria para corregir y evitar la conducta impropia en los demás.