domingo, 15 de noviembre de 2015

COMENTARIOS FINALES



Luego de haber finalizado un ciclo más, en el cual se cursó la asignatura de Seminario de Auditoría exitosamente, tengo muchas conclusiones finales y mucho conocimiento adquirido a lo largo de esta materia.

Hay temas que me despertaron un interés particular como lo fueron: Las normas de ética de todo profesional, las ONG's incluida la ley que las regula, El lavado de dinero y de activos.

En mi opinión puedo decir que a pesar de la diversidad de temas que se vieron en la materia, se logró comprender cada uno de ellos y esto contribuyó a ampliar mis conocimientos, por lo que le agradezco enormemente a la licenciada a cargo de la materia por la metodología utilizada ya que todo ha sido con un único objetivo, el aprendizaje de sus alumnos.


viernes, 13 de noviembre de 2015

LEY DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES Y DE COMERCIALIZACIÓN


En El Salvador existen zonas francas y parques de servicios diseñados para empresas que se dedican a la exportación de bienes y/o servicios internacionales. Este espacio es un área del territorio nacional que para efectos tributarios de importación y de exportación se consideran como si no estuvieran en el territorio aduanero nacional.

La ley nace con el objeto de regular el funcionamiento de las zonas francas y depósitos para perfeccionamiento activo, así como los beneficiarios que desarrollen, administren o usen estas zonas francas o depósitos para perfeccionamiento activo.

Existe un comité consultivo de zonas francas el cual está integrado por el Ministerio de Economía, el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, un representante del sector empresarial y un representante del sector laboral.

En El Salvador existen 17 zonas francas, de las cuales 5 también funcionan como parques de servicios. Estas zonas industriales destacan por su ubicación estratégica; están cerca de la capital y otras ciudades importantes, y próximas a vías terrestres, aeropuertos y puertos de alto nivel.


En las zonas francas suelen crearse grandes centros de compra y se instalan con frecuencia industrias maquiladoras, plantas procesadoras o almacenes especiales para la mercadería en tránsito.

Estas zonas francas están reguladas por esta ley, la cual podrán leer en este enlace: LEY DE ZONAS FRANCAS INDUSTRIALES Y DE COMERCIALIZACIÓN.

Esta ley es de mucha importancia para el país ya que como se mencionó al principio regula el funcionamiento de las zonas francas y los DPA, así como también establece ciertos requisitos que tienen que cumplir. 
En nuestro país a estas zonas francas y DPA se les ofrecen beneficios que pueden estar afectando la economía del país ya que tienen cierta ventaja en comparación con empresas que al entrar al país si tributan al Estado.


domingo, 8 de noviembre de 2015

LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS



Un delito de carácter mundial es el lavado de dinero, del cual no todos sabemos como procede, aún cuando se han escrito infinitos artículos y documentos acerca de él.

El lavado de dinero es una operación que consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades lícitas y estén circulando sin ningún tipo de problema en la economía formal del país.

La ley surge debido a la necesidad de adoptar las medidas legales correspondientes a fin de que las inversiones nacionales e internacionales que se realicen el país sean con fondos de origen lícito.




Esta ley es importante por el hecho que les genera obligaciones de brindar información necesaria a diferentes instituciones, inclusive a contadores, auditores, abogados y notarios para poder erradicar este delito.

En el siguiente vídeo podrán ver un poco del origen del lavado de dinero así como una breve explicación de los pasos que muestra la imagen anterior.



Para terminar dejo el enlace en el cual podrán leer la ley: LEY CONTRA EL LAVADO DE DINERO Y DE ACTIVOS

martes, 3 de noviembre de 2015

LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO

La Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro surge por la necesidad de regular este tipo de asociaciones y fundaciones que operan en el país.


Es importante que Estado vele por la transparencia de estas instituciones en cuanto a sus fondos ya que parte de estos fondos vienen del público o de sus donantes y es importante que estas cumplan todas las disposiciones de la ley.



La ley nace con el objeto de establecer un régimen jurídico especial para ser aplicado a las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro.


Según el art. 6 de esta ley, las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro están sujetas a las mismas disposiciones tributarias que establecen las leyes para las personas naturales y jurídicas, en cuanto no estén expresamente excluidas por dichas leyes.



Estas instituciones podrán ser declaradas de utilidad pública por la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda; pero esta declaración puede ser revocada en cualquier momento si los motivos por los cuales fue concedida desaparecen.



Una asociación y fundación se clasifica como sin fines de lucro cuando no persigue el enriquecimiento directo de sus miembros, fundadores y administradores; es decir, no podrán distribuir utilidades entre ellos.



Las iglesias quedan expresamente excluidas de la aplicación de esta ley.


Los conceptos de asociación y fundación son diferentes, ya que una asociación es toda aquella persona jurídica de derecho privado, que se constituye por la agrupación de personas para desarrollar de manera permanente cualquier actividad legal; mientras que una fundación es una entidad creada por una o más personas para la administración de un patrimonio a fines de utilidad pública, que los fundadores establecen para la consecución de tales fines.




Así como sus conceptos son diferentes, así lo es su constitución. Para constituir una asociación se debe hacer por escritura pública en la cual los miembros fundadores establecen la nueva entidad, aprueban el texto de sus estatutos y eligen los primeros administradores; mientras que la constitución para una fundación además de poder constituirse por medio de la escritura pública también lo pueden hacer por medio de testamento en el cual el fundador establece sus fines, su aporte patrimonial y dicta los estatutos que la regirán.

Tal como se vio en el tema de las ONG's en El Salvador, nuevamente dejo el siguiente link en el cual podrán ver el proceso para la constitución de una entidad sin fines de lucro: ENTIDAD SIN FINES DE LUCRO.

Y para finalizar dejo el enlace en el cual podrán leer la ley: LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

miércoles, 28 de octubre de 2015

LEY DEL MERCADO DE VALORES


La Bolsa de Valores de El Salvador (BVES) es una institución privada que forma parte del Mercado de Valores.
Fundada en el año de 1965, llevó sus operaciones por 9 años, pero luego suspendió sus actividades debido al poco volumen que se desarrollaban.

Acordó su disolución en Junta General Extraordinaria de accionistas el 26 de Marzo de 1976.

Desde 1992 la Bolsa de Valores ha desarrollado un papel muy importante en la economía del país al facilitar la Desintermediación Financiera, al permitir el acercamiento directo entre empresas e inversionistas, a través de la negociación de instrumentos financieros como acciones, valores de deuda y otros instrumentos.

La Bolsa de Valores se encarga de:
  • Hacer pública la información bursátil.
  • Realizar el manejo administrativo de las operaciones y transmitir la información respectiva a la Central de Depósitos de Valores S.A. de C.V. (CEDEVAL)
  • Supervisar las actividades de las empresas emisoras y Casas Corredoras de Bolsas.
  • Fomentar la expansión y competitividad del mercado de valores salvadoreño.

En la Bolsa de Valores de El Salvador las operaciones se realizan en tres tipos de mercados:

Mercado Primario: Se relaciona con la Colocación Inicial de Valores. Los inversionistas adquieren directamente de los emisores, a través de una Casa de Corredores de Bolsa, los valores ofrecidos al público por primera vez, recibiendo directamente el emisor, los recursos que requiere. Es decir que en este mercado se realiza la Primera Venta de los valores del emisor para el inversionista.

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Mercado Secundario: Comprende las ventas sucesivas de Valores, una vez éstos han sido negociados en Mercado Primario y/o Mercado Secundario. Es una "Reventa" de los valores adquiridos con anterioridad, es decir que los inversionistas que posean valores (Bonos o acciones), pueden venderlos a otros inversionistas antes que los valores en cuestión se venzan. Todo el proceso de negociación se realiza a través de las Casas Corredoras de Bolsa.

Mercado Secundario


Mercado de Reportos: Un Reporto es un préstamo de Corto Plazo (entre 2 y 45 días), en el que se transfiere temporalmente como garantía valores. Al inicio de la operación, se pacta el plazo de la misma así como el rendimiento que pagará. Al finalizar el plazo de la operación, la persona que prestó el dinero recibe el importe del préstamo más el rendimiento previamente pactado, y transfiere nuevamente los valores a su dueño.


Dentro del Mercado de Valores tenemos diferentes participantes, éstos son:

  • La Bolsa de Valores: Es quien facilita las negociaciones de Valores y procura el desarrollo del Mercado Bursátil. Es la "Plaza" o lugar en la que converge la oferta y demanda de valores. Aunque este lugar no es un espacio físico.
  • Las Casas Corredoras de Bolsa: Son los entes que realizan las operaciones de compra y de venta de valores por instrucciones de sus clientes. Son el eslabón que permite que se concentren las transacciones entre quienes desean comprar valores y quienes los ofrecen.
  • Las Empresas Emisoras: Son las que emiten los valores que se negocian en la Bolsa de Valores, es decir que ponen a disposición de los inversionistas sus valores.
  • Los inversionistas: Son las personas naturales o jurídicas que invierten su dinero en valores con el fin de obtener un rendimiento a cambio. Un inversionista puede ser accionista o dueño de valores de de deuda o bonos.
  • La Superintendencia del Sistema Financiero: Es el ente que fiscaliza y regula todo el sistema bursátil y sus participantes.
  • Las Calificadoras de Riesgo: Son empresas dedicadas al análisis profundo de riesgo económico-financiero, las cuales emiten su opinión sobre la calidad crediticia de una emisión de valores y/o empresa emisora de los mismos.
  • La Central de Depósitos de Valores (CEDEVAL): Es la entidad especializada que recibe valores para su custodia y administración.

Mercado de Valores



En el siguiente enlace podrás leer la ley: LEY DEL MERCADO DE VALORES

viernes, 23 de octubre de 2015

LEY DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (LACAP)



Principales elementos que definen las compras públicas:
  • Adquisición y contratación de obras, bienes y servicios.
  • Realizada por cualquier institución púbica.
  • Uso de fondos públicos.
  • Con un propósito determinado.

Principios que rigen a las compras púbicas:
  • No discriminación
  • Publicidad
  • Libre competencia
  • Igualdad
  • Ética
  • Transparencia
  • Imparcialidad
  • Probidad
  • Centralización Normativa y Descentralización Operativa
  • Racionalidad del gasto público

Marco Regulatorio:

Principales exclusiones:
  • Adquisiciones con fondos de Convenios o Tratados Internacionales, incluyendo los fondos de contrapartida.
  • Los convenios que celebren instituciones del Estado entre sí.
  • Contratación de servicios personales.
  • Los servicios bancarios y financieros, que no sean de seguros.
  • Los servicios de distribución de energía eléctrica y de agua potable.
  • Las obras de construcción bajo el sistema de administración que realicen los conceptos municipales.

La clave de una compra eficiente se encuentra en la planificación:
  • Elementos:

  1. ¿Qué necesita la institución?
  2. ¿Cuánto necesita?
  3. ¿Para cuándo lo necesita?
  4. ¿Con qué recursos?


Ciclo de las compras públicas:
  1. Planificación de necesidades
  2. Gestión de compras
  3. Adjudicación
  4. Contratación
  5. Seguimiento
  6. Liquidación

Responsabilidades de los solicitantes:
  • Garantizar que las necesidades estén incorporadas en su programa.
  • Elaborar y enviar a la UACI las solicitudes de adquisiciones.
  • Realizar investigaciones de mercado, para verificar la viabilidad técnica, económica, financiera, social o ambiental para la adquisición.
  • Adecuar con la UACI  los instrumentos de contratación.
  • Dar respuesta oportuna a las consultas que realice la UACI.
  • Integrar y mantener actualizado el expediente administrativo de la solicitud.


FORMAS DE CONTRATACIÓN


  • Licitación o concurso público:

  1. Licitación pública: Procedimiento por cuyo medio se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en proporcionar obras, bienes o servicios que no fueren los de consultoría.
  2. Procedimiento por cuyo medio se promueve competencia, invitando públicamente a todas las personas naturales o jurídicas interesadas en la prestación de servicios de consultoría.
El proceso para una licitación o concurso público sería el siguiente:

En los casos que ningún ofertante se acerque a participar en la licitación o concurso público, es responsabilidad de la comisión de evaluación de ofertas levantar un acta para declararla desierta a fin de que se promueva otra licitación o concurso público.

También la ley establece montos para proceder a una contratación por medio de licitación o concurso público:


  • Libre gestión: Cuando el monto de la adquisición sea igual o menor a 160 salarios mínimos mensuales para el sector comercio, se debe dejar constancia de haber generado competencia cotizando al menos en 3 lugares diferentes.

  • Contratación Directa: En este caso no hay monto porque son causas extraordinarias como por ejemplo cuando se trata de patentes, derechos de autor, especialidades artísticas o servicios altamente especializados que no se presten en el país; cuando se encuentre el Estado en calamidad, desastre o guerra; cuando se trate de un proveedor único o cuando se declara desierta por segunda vez una licitación o concurso público.

En el siguiente enlace podrás inscribirte como proveedor del Estado: COMPRASAL

Y en este otro podrás leer la ley: Ley de Adquisiciones y Contrataciones con la Administración Pública




domingo, 18 de octubre de 2015

LEY CONTRA LA USURA

Decreto Legislativo No. 221

La usura es una práctica que ha existido por mucho tiempo y que se genera a raíz de cobrar un interés excesivamente alto por un préstamo.

Tanto la usura como cualquier otra forma de explotación del hombre por el hombre deben ser prohibidas por la ley.



A raíz de diferentes necesidades que llegan a tener las personas, como por ejemplo un familiar enfermo, es que existen otras personas que se aprovechan de esas necesidades y les prestan dinero haciéndoles dar intereses o garantías elevados.

En la actualidad las personas que habitualmente se dedican a prestar dinero en efectivo utilizan la técnica de compra venta de inmuebles con pacto de retroventa, esto con el ánimo de encubrir los préstamos usureros y eludir ciertas formalidades; cuando las personas se ven imposibilitadas a seguir pagando tasas usureras pierden los bienes que dieron como garantía.




La ley tiene como objeto prohibir, prevenir y sancionar las políticas usureras con el fin de proteger los derechos de propiedad y de posesión de las personas y evitar las consecuencias jurídicas, económicas y patrimoniales derivadas de todas las prácticas usureras.

En la ley se establece el concepto de usura el cual nos dice que es el otorgamiento de créditos en los cuales se pacta intereses, comisiones, recargos, garantías u otros beneficios superiores al máximo definido según la metodología de cálculo establecida para cada segmento de acuerdo a esta ley.

Esta ley se aplicará a toda clase de acreedores, ya sea personas naturales o jurídicas, instituciones del sistema financiero, casas comerciales de bienes y servicios, casas de empeño y en general cualquier sujeto o entidad que preste dinero, cualquiera que sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla.



El Banco Central de Reserva es la entidad  a cargo de establecer las tasas máximas, a partir del promedio simple de la tasa de interés efectiva de los créditos, expresada en términos porcentuales.

Si una tasa sobrepasa 1.6 veces la tasa efectiva promedio simple que el BCR establece se clasificará como tasa usurera.
A partir de la vigencia de esta ley  las tasas usureras o intereses usureros estarán sujetas a las sanciones legales correspondientes.

El BCR deberá dar a conocer semestralmente las tasas máximas diferenciadas por tipos de créditos y montos contratados, durante los primeros diez días hábiles de cada semestre, esto lo debe realizar a través de su página electrónica Banco Central de Reserva y mediante la publicación en dos periódicos de circulación nacional.


La ley prohibe el anatocismo que es calcular intereses sobre intereses.

Una persona puede solicitar la revisión de la deuda para que sea recalculada y reestructurada, imputando a la cancelación del capital los intereses cobrados en exceso a la tasa máxima correspondiente.

Las sanciones respectivas serán llevadas a cabo por la Superintendencia del Sistema Financiero si se trata de entidades bajo su supervisión o por la Defensoría del Consumidor para los demás sujetos obligados.

El infractor debe corregir y abonar al deudor el cobro de intereses indebidos en un plazo de 10 días hábiles, de no ser así, incurrirá en una multa que será 5 veces el monto del crédito inicial otorgado.

En el siguiente enlace podrás leer la ley: Ley contra la usura.






lunes, 28 de septiembre de 2015

FASES DE LA AUDITORÍA



PLANEACIÓN

La fase de la planeación sirve para entablar una relación entre la entidad y los auditores, determinar el alcance y objetivos de la auditoría y así conocer un poco a la entidad tanto en el control interno, su organización, estrategias por medio de la carta oferta, y esta fase concluye con la elaboración del programa de auditoría.


PRINCIPALES ELEMENTOS DE ESTA FASE:

  • Conocimiento y comprensión de la entidad: Es el punto de partida de la planificación en el cual se investiga todo lo relacionado con la entidad a auditar para posteriormente elaborar el plan en forma objetiva. Se debe recopilar información como: políticas financieras, giro, organigrama, ubicación, sistema contable, volumen de ventas, capital, estatutos de constitución, entre otros.


  • Objetivos y alcance de la auditoría: Los objetivos nos indican el propósito por lo que fue contratada la firma de auditoría, que se persigue al realizar la auditoría e informar a los socios, a la gerencia y al resto de interesados sobre la situación encontrada para que sirvan para la toma de desiciones. Mientras que el alcance tiene que ver con la extensión del examen (examinar todos los estados financieros, solo uno de ellos, solo una parte de ellos o solo un grupo de cuentas) y con el periodo a examinar (un año, un mes, una semana o varios años).


  • Análisis preliminar del control interno: Del resultado se comprenderá la naturaleza y extensión del plan de auditoría y la valoración y oportunidad de los procedimientos a utilizarse en el examen. La evaluación del control interno se enfoca en determinar la efectividad de este y encaminar procedimiento para contrarrestar los riesgos que impidan el logro de objetivos de la empresa.


  • Análisis de los riesgos y la materialidad: En auditoría se conocen 3 tipos de riesgos:

  1. Riesgo inherente: Es la posibilidad que existan errores en la información financiera debido a la naturaleza de las actividades de la entidad, independiente del control interno.
  2. Riesgo de control: Es el riesgo que los controles internos no detecten los errores o fallas en la información financiera y en los sistemas. Se puede remediar mediante controles internos más efectivos.
  3. Riesgo de detección: Es el trabajo del auditor, y es que por medio de los procedimientos de auditoría no logre detectar los errores en la información financiera.



  • Planeación específica de la auditoría: Para cada auditoría que se va a realizar, se debe elaborar un plan.


  • Elaboración del programa de auditoría: Con la elaboración del programa de auditoría culmina la primera fase de auditoría. El programa se elabora para realizar el examen y obtener la evidencia necesaria que respalde el trabajo. Cabe destacar que el programa debe ser a la medida del estudio que se efectuará y no utilizar programas estándar.



EJECUCIÓN


En la fase de ejecución se realizan diferentes pruebas y análisis a los estados financieros para determinar si estos son razonables o no.

En la planeación este análisis se basaba en sacar las razones financieras, pero en la fase de la ejecución vamos a determinar si las cifras son razonables o no.

Esta fase es el centro del trabajo de auditoría, donde se realizan todas las pruebas y se utilizan todas las técnicas o procedimientos para encontrar las evidencias de auditoría que sustentarán el informe de auditoría.


PRINCIPALES ELEMENTOS DE ESTA FASE:

  • Pruebas de auditoría: Para poder obtener evidencia comprobatoria, estas son:

  1. Pruebas de control: Relacionadas con el grado de efectividad del control interno imperante. En la planeación se hace una evaluación al control interno, pero en la ejecución se le hacen pruebas.
  2. Pruebas analíticas: Se utilizan haciendo comparaciones entre dos o más estados financieros o haciendo un análisis de las razones financieras de la entidad para observar su comportamiento.
  3. Pruebas sustantivas: Son las que se aplican a cada cuenta en particular en busca de evidencias comprobatorias. Por ejemplo: arqueos de caja, circulación de saldos de los clientes, levantamiento físico de inventarios.

  • Técnicas de muestreo: El muestreo se utiliza ante la imposibilidad de realizar el examen a la totalidad de los datos. Entre los tipos de muestreo tenemos:

  1. No estadístico: A juicio del auditor.
  2. Estadístico: Se utilizan métodos en estadística para la selección de las muestras, como por ejemplo la selección aleatoria (todos los datos tienen la misma oportunidad de ser escogidos), selección sistemática (se escoge al azar un número y luego se designa un intervalo para los siguientes números), selección por bloques (se seleccionan las transacciones similares que ocurren dentro de un período dado).

  • Evidencias de auditoría: Cualquier información que utiliza el auditor para determinar si la información cuantitativa o cualitativa que está auditando, se presenta de acuerdo al criterio establecido. Entre los tipos de evidencia tenemos:

  1. Evidencia física: Muestra de materiales, mapas, fotos, entre otros.
  2. Evidencia documental: Cheques, facturas, contratos, etc.
  3. Evidencia testimonial: Obtenida de personas que trabajan en el negocio o que tienen relación con el mismo.
  4. Evidencia analítica: Datos comparativos, cálculos, etc.

  • Papeles de trabajo: Constituyen la principal evidencia de la tarea de la auditoría realizada y de las conclusiones alcanzadas que se reportan en el informe del auditor. Aunque no hay sentencias disponibles que indiquen lo que se debe incluir en ellos, es esencial que contengan suficiente evidencia del trabajo realizado para sustentar las conclusiones alcanzadas.
Un ejemplo de papel de trabajo es el siguiente:
Como ya se mencionó, no hay papeles de trabajos estándar, pero si se deben considerar ciertas cosas como lo son la referenciación, las marcas, quién elaboró y quién revisó, así como las medias firmas de estas personas.



SUPERVISIÓN DEL TRABAJO DE AUDITORÍA


La supervisión permite vigilar, inspeccionar, evaluar y conducir el trabajo de un equipo de auditores, así como promover que este opere conforme a los criterios de economía, eficiencia, imparcialidad y honestidad.

Todo trabajo ejecutado debe ser supervisado por una persona de mayor experiencia y capacidad profesional, de tal manera que el contador que está supervisando el trabajo asuma la responsabilidad total como si lo hubiera hecho personalmente.


En este vídeo se muestra un resumen de las fases de auditoría:


FASES DE LA AUDITORÍA


viernes, 4 de septiembre de 2015

OPERACIONES PASIVAS Y ACTIVAS DE LOS BANCOS

Actualmente, los servicios bancarios se pueden clasificar en dos grandes grupos:

1. Las operaciones pasivas son aquellas en las que las entidades financieras, básicamente, se dedican a la captación de recursos financieros, y a cambio, se comprometen a pagar, generalmente en forma de interés, una rentabilidad a los clientes, bien sean depositantes de dinero o bien de activos financieros.

2. Las operaciones activas para las entidades financieras, implican prestar recursos a sus clientes acordando con ellos una retribución que pagarán en forma de tipo de interés, o bien acometen inversiones con la intención de obtener una rentabilidad.


Entre las operaciones más comunes tenemos las siguietes:
  • Depósitos a la vista:

Las cuentas corrientes o depósitos a la vista se caracterizan porque los fondos depositados en ellas son de disponibilidad inmediata y en efectivo, mediante cualquier instrumento facilitado por la entidad para obtener las cantidades de dinero consignadas en ellas, tarjeta de débito o crédito, cheques, pagarés, o personalmente en ventanilla. Dependiendo de la modalidad pactada, ofrecen otro tipo de servicios tales como domiciliar pagos y cobros, ingreso de nómina, realizar transferencias; algunos más específicos como anticipo de nóminas, seguros de asistencia en viajes, seguros de hogar, condiciones ventajosas en préstamos y créditos, etc. 


  • Depósitos de ahorro: 

Son productos muy semejantes a las cuentas corrientes y son por definición, contratos de depósito de efectivo, de libre disposición. Todas las operaciones realizadas quedan reflejadas en la libreta que se entrega al titular de la cuenta, popularmente se llamaba “cartilla de ahorros”. 

Es un instrumento que permite disponer de dinero efectivo de forma rápida puesto que se puede hacer por ventanilla, o utilizando algún instrumento de pago que lleve vinculado. Otra característica que cabe señalar es el hecho de que la libreta física permanece en poder del cliente, debiendo actualizarla cuando considere conveniente, él mismo, en los cajeros habilitados para ello, o en cualquier sucursal del banco.






Puedes leer más acerca de las operaciones pasivas en el siguiente enlace: Operaciones Pasivas.













De las operaciones activas podemos mencionar:
  • Línea de crédito fija: 
Se caracteriza por desembolsos parciales en un periodo de utilización determinado, generalmente hasta un año; y una vez retirada toda la disponibilidad se convierte en un crédito decreciente. Es muy utilizado en créditos para inversión, construcción e importación de maquinaria y equipo.

  • Línea de crédito rotativa:

Es una línea especial de crédito por un monto determinado, sobre la cual se puede efectuar retiros. El plazo de desembolso es independiente al de la línea, oscilando de 90 días hasta un año; o sea que le cliente puede efectuar retiros unos días antes del vencimiento y estos mantendrán el plazo originalmente pactado, la disponibilidad para nuevos desembolsos se crea cuando se realizan amortizaciones de capital. Es muy utilizado para capital de trabajo a corto plazo.

  • Créditos agropecuarios:
Son créditos destinados a toda activad agrícola o agropecuaria que necesite financiamiento, incluyendo las agroindustrias tradicionales y no tradicionales. Se otorga como complemento del costo de los proyectos.

  • Créditos hipotecarios:
Tiene por objeto financiar la compra de vivienda, construcción individual, adquisición de terreno, mejorar viviendas o consolidar las deudas adquiridas.

  • Sobregiro en cuenta corriente:
Es un porcentaje que se calcula del saldo promedio de la cuenta de los clientes, con un interés que varía de acuerdo a un saldo.



A continuación puedes ver un vídeo sobre las operaciones activas y pasivas de los bancos:



En cuanto a la clasificación de los créditos la superintendencia lo especifica en la NCB 22 que pueden leer a continuación:



lunes, 31 de agosto de 2015

LA BANCA Y EL SISTEMA FINANCIERO EN EL SALVADOR

Para empezar con este tema veamos un vídeo introductorio acerca de la estructura del sistema financiero:



Para poder desarrollar este tema es importante saber ¿QUÉ ES UN BANCO? y para poder dar respuesta a esta pregunta debemos leer un poco la Ley de Bancos, especialmente el artículo 2 que nos menciona que un banco es aquella institución que actúa de manera habitual en el mercado financiero, haciendo llamamiento al público para obtener fondos a través de depósitos, la emisión y colocación de títulos valores o cualquier otra operación pasiva, quedando obligados directamente a cubrir el principal, interés y otros accesorios, para su colocación en el público en operaciones activas.

Pero además de los bancos también existen otras instituciones financieras como:
  • Las cooperativas de ahorro y crédito
  • Las federaciones de cooperativas de ahorro y crédito 
  • Sociedades de ahorro y crédito




INTEGRACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO EN EL SALVADOR


Las instituciones bancarias en el país están integradas por los bancos privados, los bancos estatales y los bancos extranjeros.

Cuando hablamos de bancos privados nos referimos a instituciones bancarias que actúan de manera habitual en el mercado financiero haciendo llamamiento al público para obtener fondos a través de depósitos, emisión y cancelación de títulos valores o cualquier otra operación pasiva, quedando obligados directamente a cubrir intereses y otras acciones para su colocación en el público en operaciones activas.

En el siguiente enlace podrás ver el listado de bancos privados en El Salvador:














Un banco estatal es aquel cuyo capital ha sido aportado por el Estado. Los bancos estatales en El Salvador los podrás ver en el siguiente enlace: BANCOS ESTATALES EN EL SALVADOR


Por último tenemos las sucursales de bancos extranjeros que son aquellas instituciones financieras autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero la cual tienen asignado su capital social y lleva su propia contabilidad separada de la Casa Matriz. En El Salvador el único BANCO EXTRANJERO es Citibank, N.A., Sucursal El Salvador.



lunes, 24 de agosto de 2015

LAS ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG'S)


A partir de la Segunda Guerra Mundial, dentro de los países del llamado "Tercer Mundo", se constituye un fenómeno que abre paso a la reestructuración de la cultura y de la economía política global, logrando la instalación de una guerra contra la pobreza, como estrategia para el reacomodo de la globalización con dominación mundial a través de un proceso por el cual se produce la transformación de los pobres y posibilita el establecimiento de nuevos mecanismos de control por medio de una multiplicidad de acciones que significaron la creación de lo social como nuevo campo de intervención o podría entenderse como una nueva oportunidad de progreso.


A partir de lo anterior, nacen las ONG's conocidas como organizaciones sin fines de lucro, que en el ámbito del desarrollo y la cooperación, se han incrementado notablemente a nivel mundial.


Estas organizaciones no dependen del Estado y este no puede intervenir en su manera de trabajar, pero aún así deben cumplir ciertas leyes y reglamentos.




ORIGEN DE LAS ONG's EN EL SALVADOR


  • Surgen en los años de 1940 y 1955 al crearse los organismos especializados patrocinados por los Estados Unidos.


  • Rafael Antonio Zaldívar, presidente de la República de El Salvador, fundó la Cruz Roja Salvadoreña en Marzo de 1885.



  • 1948: Se crea la Institución "Amigos de la Tierra" con el objeto de ayudar a la protección del medio ambiente y la agricultura.


  • 1959: Nace "Cáritas en El Salvador"

  • 1980: La guerra civil propició el surgimiento de nuevas ONG's para atender las situaciones de emergencia de la población desplazada.

  • Muchas ONG's están siendo utilizadas para lavar dinero o se prestaban para campañas por lo que en 1960 se otorga un fuerte control a través del Ministerio de Gobernación para evitar estas situaciones.




En el siguiente enlace podrás leer más acerca de las características de las ONG's:

CARACTERÍSTICAS DE LAS ONG's

  • Son organismos privados
  • No buscan lucro institucional
  • Sus empleados son asalariados
  • Poseen neutralidad política, racial y religiosa

En este otro enlace se encuentra el proceso que debes seguir para poder constituir una ONG en El Salvador, en el se detallan las instituciones que debes visitar así como los documentos a presentar:PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE UNA ONG


Y para finalizar podrás leer todo acerca de las ONG's en El Salvador en el siguiente enlace: ONG's en El Salvador



viernes, 14 de agosto de 2015

LA AUDITORÍA GUBERNAMENTAL

En la auditoría gubernamental se hace un examen objetivo, independiente, imparcial,  sistemático y profesional de las actividades financieras, administrativas y operativas ya ejecutadas por las entidades, organismos y personas,  que reciben asignaciones,  privilegios o participaciones ocasionales de recursos públicos. 

Las actividades financieras, administrativas y operativas como lo son ver planillas y verificar que el personal contratado labore, así como verificar cómo está funcionando la empresa son examinadas por La Corte de Cuentas; esta entidad así como el Organo Judicial ya tienen establecido el %  del presupuesto por mandato constitucional. 

¿Qué evalúa la auditoría gubernamental?


Según el artículo 30 de la Corte de Cuentas la Auditoría Gubernamental podrá examinar y evaluar en las entidades y organismos del sector público:
  • Las transacciones, registros y estados financieros.
  • La legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones (Ejemplo: Que se esté cumpliendo la LACAP, auditar las transacciones y ver si han sido transparentes o si existen y presentar su respectivo informe).
  • El control interno financiero (Si este es confiable o no)
  • La planificación, organización, ejecución y control interno administrativo.
  • La eficiencia, efectividad y economía en el uso de los recursos humanos, ambientales, materiales, financieros y tecnológicos. (Evaluar como se están utilizando los recursos y que los empleados se sientan bien, se pueden hacer encuestas para conocer en que se está fallando)
  • Los resultados de las operaciones y el cumplimiento de objetivos y metas (Esto depende del presupuesto)



Clases de Auditoría Gubernamental:
  • Auditoría Financiera: Es el examen de las transacciones, registros, informes y estados financieros; del cumplimiento de la legalidad de las transacciones y el cumplimiento de otras disposiciones; y del control interno financiero; con el objeto de emitir una opinión sobre la razonabilidad de las cifras presentadas en los estados financieros.

  • Auditoría Operacional o de Gestión: Es el examen y evaluación de la gestión realizada por una entidad para determinar la eficiencia, el desempeño de los servidores públicos, respecto al cumplimiento de las metas programadas y el grado con que se están logrando los resultados o beneficios previstos. Como resultado de esta auditoría no se expresa opinión, solamente se elaboran conclusiones y recomendaciones orientadas a mejorar la gestión de la entidad auditada.

  • Auditoría Especial: Se denomina examen especial a la auditoría que puede comprender uno o más componentes de los estados financieros, con un alcance menor al requerido en una auditoría financiera, por lo que no es posible emitir una opinión sobre las cifras de los estados financieros; o abarcar uno o más elementos de la gestión, así como el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables. Asímismo se efectúan exámenes especiales para investigar denuncias de diversa índole. 
 
 
 
En el siguiente enlace podrás leer la LEY DE ÉTICA GUBERNAMENTAL la cual tiene como objeto normar y promover el desempeño ético en la función pública, salvaguardar el patrimonio del Estado, prevenir, detectar y sancionar la corrupción de los servidores públicos, que utilicen los cargos o empleos para enriquecerse ilícitamente o cometer otros actos de corrupción. 
Esta ley aplica para todos los servidores públicos permanentes como para los que han sido contratados temporalmente.


INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

Las instituciones autónomas son organismos de derecho público que se forman a iniciativa del Estado, con personería jurídica y patrimonio propio, se les reconoce la facultad de conformar, expresar y realizar una voluntad del manejo e inversión de sus recursos, para la atención y satisfacción de una necesidad social específica, en beneficio de la sociedad.
A continuación se muestran algunas instituciones autónomas del país con su enlace para que puedas visitar su página web: